Apostilla para Japón desde cualquier país del Convenio
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La mayoría de los países emisores → Japón
Basta con una apostilla.
Ambos países son parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla y este está en vigor entre ellos. La autoridad competente del país emisor coloca la apostilla; no se necesita ningún trámite en la embajada. Pregunte al destinatario si espera una traducción jurada: la añadimos en el mismo pedido.
- 1Suba una copia escaneadaLa revisamos previamente y confirmamos la vía
- 2Verifíquese con su móvilDocumento de identidad + selfi, unos 3 minutos; después, su presupuesto
- 3Obtenemos la apostillaAutoridad competente + traducción jurada
- 4EntregadoMensajería a todo el mundo o descarga protegida
Japón aplica el Convenio de La Haya sobre la Apostilla desde el 27 de julio de 1970. Los documentos públicos de otros países del Convenio (documentos del estado civil, títulos, certificados de antecedentes penales, escrituras notariales, resoluciones judiciales y documentos societarios) se aceptan en Japón con la apostilla del país emisor, salvo que entre ambos Estados esté vigente una objeción conforme al artículo 12. No se requiere ningún trámite en embajadas ni consulados.
Ningún Estado contratante se opone a la participación de Japón, por lo que los documentos extranjeros con apostilla son aceptados por la autoridad de inmigración japonesa, los ayuntamientos, los tribunales y la Oficina de Asuntos Jurídicos (Legal Affairs Bureau) para inscripciones de sociedades. Los documentos públicos japoneses que se van a usar en el extranjero, como los extractos del registro familiar (koseki), los apostilla el Ministerio de Asuntos Exteriores; para algunos documentos notariales, la notaría puede tramitar la apostilla en el mismo paso.
Normalmente se exige una traducción al japonés. Muchas oficinas aceptan una traducción firmada por el traductor con su nombre y datos de contacto, pero los requisitos varían, así que consulte a la oficina receptora antes de traducir.
Los casos típicos son la inscripción de matrimonios en los ayuntamientos, los documentos para visados de trabajo y residencia, la constitución de sociedades y el nombramiento de administradores extranjeros, y los asuntos de herencia y bienes inmuebles relacionados con Japón.
Notaryzer se encarga de todo: el notario revisa su solicitud, organizamos la apostilla o la legalización en el país emisor, gestionamos la traducción y le enviamos el resultado a usted o directamente al destinatario en Japón.
- Pregunte a la oficina japonesa si basta una declaración del traductor o se necesita una traducción certificada
- Matrimonios: consulte la lista del ayuntamiento sobre la prueba de capacidad matrimonial
- Inscripciones de sociedades: prepare certificados de firma o declaraciones juradas para los administradores sin sello japonés
Qué necesita cada tipo de documento para Japón
Se muestra para un documento de un país del Convenio típico; su par exacto de países se comprueba más abajo. Las exenciones de la UE y los tratados bilaterales nunca lo cubren todo.
| Tipo de documento | Vía |
|---|---|
| Documentos del estado civil | Apostilla |
| Certificados de antecedentes penales y de residencia | Apostilla |
| Estudios y cualificaciones profesionales | Apostilla |
| Escrituras y certificaciones notariales | Apostilla |
| Documentos societarios y registrales | Apostilla |
| Documentos judiciales | Apostilla |
| Documentos de exportación, comerciales y fiscales | Apostilla |
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Basta con una apostilla.
Ambos países son parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla y este está en vigor entre ellos. La autoridad competente del país emisor coloca la apostilla; no se necesita ningún trámite en la embajada. Pregunte al destinatario si espera una traducción jurada: la añadimos en el mismo pedido.
Apostilla para Japón: preguntas
Sí: Japón es parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla (en vigor desde el 27 de julio de 1970). Se aceptan las apostillas de otros países del Convenio, salvo que entre ambos Estados esté vigente una objeción conforme al artículo 12.
Los destinatarios en Japón suelen exigir documentos en japonés o inglés. Trabajamos con traductores jurados o certificados de estos idiomas y sabemos cuándo también hay que apostillar la firma del traductor.
Sí. Los documentos de otros Estados del Convenio solo necesitan la apostilla del país emisor, normalmente con una traducción al japonés.
El extracto del registro familiar lo apostilla el Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón; en el país de destino suele necesitarse una traducción a su idioma.
Documentos para Japón, gestionados de principio a fin
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